Estabilidad ocupacional reforzada.
Derechos de trabajadoras que padecen cáncer de mama deben ser protegidos con perspectiva de género, resuelve la Corte Constitucional de Colombia.
El cáncer de mama, siendo una de las enfermedades más comunes y mortales para las mujeres, no solo representa un desafío médico, sino también un obstáculo socioeconómico significativo, exacerbado por barreras de género arraigadas que impiden el acceso equitativo a recursos médicos y apoyo laboral.

La Corte Constitucional de Colombia acogió la acción de tutela interpuesta por una mujer diagnosticada con cáncer de mama, cuyo contrato de prestación de servicios no fue renovado a pesar de estar protegida por la garantía de estabilidad ocupacional reforzada. Amparó los derechos fundamentales a la igualdad, al mínimo vital y a la estabilidad ocupacional reforzada de la actora, realizando ciertos alcances sobre este último derecho y su vinculación con la perspectiva de género.
La accionante manifestó que al momento de la finalización de su contrato se encontraba con tratamiento médico, y que a pesar de ello continuó asistiendo al trabajo con el fin de mantener el vínculo contractual. Afirmó que sus superiores fueron informados de antemano de su enfermedad vía email y que, sin embargo, decidieron no renovar el contrato, por lo que interpuso un amparo para impugnar esta decisión.
El juez de instancia concedió el amparo solicitado, ordenando una prórroga del contrato. Sin embargo, dicha decisión fue impugnada por la parte accionada. En segunda instancia, el tribunal ad quem revocó el fallo inicial, aduciendo la improcedencia de la acción de tutela al considerar que no cumplía con el requisito de subsidiariedad. En consecuencia, estimó que existían otros mecanismos judiciales idóneos para que la accionante pudiera reclamar sus derechos. Posteriormente el caso se radicó en sede constitucional.
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