Diario Constitucional

SUSESO.

Se debe avisar el cambio del domicilio donde se cumplirá una licencia médica al médico tratante para que lo consigne en el documento.

De lo contrario, la visita del Organismo Administrador se realizará en la dirección declarada y se registrará un incumplimiento del reposo prescrito.

Por Redacción·06 de octubre de 2024·2 min de lectura
Fuente: Flaticon.es
Referencial

Se solicitó reconsideración a la Superintendencia de Seguridad Social de lo resuelto en la Resolución Exenta, mediante la cual se confirmó el rechazo de la licencia médica otorgada por 30 días a contar del 31 de diciembre de 2023, por acreditarse incumplimiento de reposo.

La Isapre rechazó la licencia en cuestión por incumplimiento del reposo, puesto que, efectuada la visita al domicilio que indica el médico tratante en la licencia como dirección de reposo, ubicado en la comuna de Conchalí, el cónyuge de la afiliada señaló que ésta no se encontraba en el domicilio.

Por su parte, la interesada aportó un antecedente consistente en un certificado del presidente del condominio donde vive la interesada, mediante el cual certifica que entre las fechas 02 y 30 de enero de 2023, se efectuaron trabajos estructurales en los edificios pertenecientes al condominio, lo que implicó que los moradores hicieran abandono de su hogar mientras se ejecutaba el proyecto sanitario de remodelación debido a que los departamentos no contaba con servicios básicos.

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