Constató violación del derecho a la vida.
TEDH condena a Hungría por no investigar debidamente la muerte de una mujer con discapacidad en una residencia estatal, que habría sufrido negligencia y maltratos.
Es inverosímil que el deterioro de la salud de la mujer y su muerte hubieran sido hechos repentinos o aislados o causados por acontecimientos impredecibles que las autoridades no hubieran podido evitar. Se constata que las autoridades no proporcionaron el nivel de protección necesario que les habría permitido evitar el deterioro de la salud de la afectada y su muerte prematura.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) acogió la demanda interpuesta contra Hungría por la falta de investigación en el caso de una mujer con discapacidad intelectual severa que residía en una residencia estatal, que habría fallecido a causa del maltrato sufrido en el recinto. Constató una violación del artículo 2 (Derecho a la vida) del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
El caso versa sobre una ONG húngara que presentó una demanda en nombre de una mujer con discapacidad que vivió en deplorables condiciones en una residencia estatal. A pesar de los informes alarmantes sobre las condiciones de vida en la institución, incluida la inmovilización física de la afectada, las autoridades investigadoras concluyeron que su muerte en 2018 fue causada por una neumonía, sin relación con el trato recibido.
En 2024, un tribunal dictaminó que las autoridades no supervisaron adecuadamente la residencia, vulnerando el derecho a la dignidad de los residentes. La fundación subrayó que el mal manejo de la institución contribuyó a las muertes de varios residentes, incluida la mujer afectada y exigió reformas para proteger a las personas en situaciones vulnerables en instituciones estatales. Por este motivo demandó al Estado el TEDH, aduciendo que las circunstancias de la muerte, incluidos los abusos denunciados, no fueron debidamente investigados.
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