Diario Constitucional

Casación acogida por vicio formal

Fallo de alzada que omite pronunciarse sobre una de las peticiones formuladas válidamente y que no es resuelta en la sentencia, incurre en vicio de nulidad formal.

Resolvió que la sentencia impugnada está desprovista de decisión respecto de una de las peticiones formulada válidamente en tiempo y forma por la demandante, y que formó parte de la discusión en primera instancia y de la apelación que dedujo y a cuyo conocimiento se avocó el tribunal de alzada, lo que configura el vicio formal consagrado en el artículo 768 N° 5 del Código de Procedimiento Civil.

Por Redacción·20 de diciembre de 2024·4 min de lectura
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Referencial

La Corte Suprema acogió el recurso de casación en la forma interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Valparaíso, que revocó el fallo de base que acogió la demanda de delimitación del derecho de servidumbre.

La causa versa sobre una demanda de delimitación de derecho de servidumbre, en la que la demandante, propietaria del Lote 2-A 4 del predio, alegó que el demandado, propietario del Lote 2-A 3, utiliza la servidumbre que grava su predio para beneficiar otros terrenos distintos al Lote 2-A 3 y ha realizado modificaciones a la servidumbre originalmente pactada. También solicitó que se restituya el uso exclusivo de la servidumbre al predio dominante y que el demandado destruya las obras realizadas en contravención al acuerdo original.

El tribunal de primera instancia acogió parcialmente la demanda, y prohibió al demandado el uso de la servidumbre para predios distintos al Lote 2-A 3 y cualquier modificación a la servidumbre pactada en 2015. Además, dispuso que se constituyan legalmente las servidumbres existentes de facto, indemnizando en su caso a la demandante.

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