Perú reconoce derecho a sepultura
Derecho a la sepultura digna es un derecho constitucional no enumerado.
En atención a su manifiesta relación con diversos derechos fundamentales, a su compatibilidad con el conjunto de bienes y valores constitucionalmente garantizados, así como a los contenidos protegidos específicos de las garantías aseguradas, se debe reconocer que existe un derecho constitucional implícito a la sepultura digna.

El Tribunal Constitucional de Perú, en sentencia de 9 de julio de 2020, reconoció que el derecho a la sepultura digna es un derecho constitucional implícito, no enumerado.
El fallo razona que, en atención a su manifiesta relación con diversos derechos fundamentales, a su compatibilidad con el conjunto de bienes y valores constitucionalmente garantizados, así como a los contenidos protegidos específicos de las garantías aseguradas, se debe reconocer que existe un derecho constitucional implícito a la sepultura digna.
Se trata de un derecho no enumerado que tiene una vinculación directa con diversos principios reconocidos por la Constitución, entre otros, la dignidad humana.
Temas
Te puede interesar

Opinión.
Fallo de la Corte Suprema en caso de inmunidad presidencial favorece a Trump, por Adam Liptak.

Impugna una resolución.
TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba normas que entregan inmunidad jurisdiccional a Asociación Extranjera de Investigación Astronómica, en caso en que dicha organización es demandada por tutela de derechos fundamentales.

Facultativo no incurrió en mala
Responsabilidad por rotura de instrumental que causó lesiones a una paciente recae en la clínica y no en el dentista que realizó el procedimiento, resuelve un tribunal español.

