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jueves 24 de abril de 2025
Prevé la introducción de licencias digitales.

Unión Europea logra acuerdo para reformar normativa que regula licencias de conducir.

La nueva Directiva establece la implementación de un permiso de conducir digital válido en toda la Unión Europea, accesible mediante dispositivos electrónicos como teléfonos móviles. Esta medida se aplicará tras un período transitorio, durante el cual los Estados miembros adoptarán los procedimientos necesarios para su emisión.

La Comisión Europea alcanzó un acuerdo provisional con el Parlamento Europeo y el Consejo en relación con la reforma de la normativa de la Unión Europea sobre las licencias de conducir. La iniciativa tiene como objetivo la actualización de las disposiciones vigentes en esta materia.

La nueva Directiva establece la implementación de un permiso de conducir digital válido en toda la Unión Europea, accesible mediante dispositivos electrónicos como teléfonos móviles. Esta medida se aplicará tras un período transitorio, durante el cual los Estados miembros adoptarán los procedimientos necesarios para su emisión. No obstante, los ciudadanos podrán solicitar la expedición de un permiso de conducir en formato físico si así lo requieren.

Asimismo, la normativa contempla la introducción de un régimen de conducción con acompañamiento aplicable a conductores de diecisiete años que posean un permiso de la categoría B. Los Estados miembros podrán extender esta disposición a conductores de camiones de las categorías C1, C1E y C, siempre que se cumplan determinadas condiciones y exista reconocimiento mutuo entre los países que implementen esta medida.

En lo que respecta a los nuevos conductores, se establece un período de prueba de al menos dos años, durante el cual estarán sujetos a regulaciones específicas y sanciones diferenciadas. Además, se incorporan requisitos adicionales para la evaluación de la aptitud física y mental de los conductores, incluyendo la obligación de completar una autoevaluación al momento de la expedición y renovación del permiso, sin perjuicio de la aplicación de otros mecanismos de control adoptados por los Estados miembros.

La Directiva incorpora disposiciones orientadas a la seguridad de los usuarios vulnerables de la vía pública, tales como peatones, ciclistas y personas que utilicen vehículos de micromovilidad. Para ello, se modifican los requisitos de formación y evaluación en las pruebas de conducción con el fin de incluir contenidos específicos sobre este ámbito.

Por otro lado, la normativa introduce cambios en el reconocimiento de permisos de conducción expedidos por terceros países. Se prevé el reconocimiento a nivel comunitario de aquellos permisos que hayan sido emitidos en un Estado miembro tras el canje de un documento originario de un tercer país, siempre que dicho país disponga de un marco de seguridad vial equivalente al de la Unión. Corresponderá a la Comisión, en cooperación con los Estados miembros, determinar los países que podrán beneficiarse de esta medida.

El Parlamento Europeo y el Consejo adoptarán formalmente la nueva Directiva, que entrará en vigor 20 días después de su publicación en el Diario Oficial de la UE. Finalmente, es menester señalar que los Estados miembros dispondrán de cuatro años para incorporarla en su legislación nacional.

Vea propuesta legislativa.

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