Recurso de amparo acogido.
Corte Suprema revoca prisión preventiva de mujer mapuche de 68 años que sustituye por medidas cautelares menos gravosas.
La resolución impugnada carece de la fundamentación y, asimismo, vulnera el principio de proporcionalidad que rige en razón de la imposición de la medida cautelar más gravosa que contempla la legislación nacional, cual es la prisión preventiva, entendido que otras medidas cautelares resultan igualmente idóneas para asegurar los fines del procedimiento y la seguridad de la sociedad y de las eventuales víctimas

La Corte Suprema revocó la sentencia en alzada dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco, acogió el recurso de amparo de una mujer mapuche y decretó a su respecto la sustitución de la medida cautelar de prisión preventiva por las de arresto domiciliario parcial, en modalidad nocturna, firma mensual y arraigo nacional.
El recurso de amparo fue presentado por la defensa de Francisca Curihuinca Calcumil, una mujer mapuche de 68 años que se encuentra en prisión preventiva acusada de hurto de madera, amenazas y asociación delictiva ante la Corte de Temuco.
La defensa solicitó sustituir la prisión preventiva por medidas menos gravosas como firma mensual o quincenal, prohibición de acercarse a las víctimas y arraigo nacional.
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