Orden Público.
Reglamento que establece metodología para calificar funerales de riesgo se encuentra vigente.
Se dictó en cumplimiento de la ley 21.717 y establece un canal para que cualquier ciudadano pueda denunciar un funeral que pueda alterar el orden público.

El decreto N°56 de 2025, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, establece la metodología y antecedentes para calificar un funeral de riesgo, así como otras materias relacionadas con la ley 21.717.
El reglamento define a los funerales de riesgo como aquellos en los que existan circunstancias que permitan presumir fundadamente que su realización representa una amenaza o peligro para la seguridad y el orden público, lo que será señalado por el respectivo delegado o delegada Presidencial Regional, ordenando que la inhumación o cremación se realice dentro del plazo de 24 horas desde su notificación.
Para ello, deberá tomar en cuenta un informe técnico elaborado por Carabineros de Chile, en el que se detallen los antecedentes delictuales del fallecido y las circunstancias del deceso. Asimismo, deberá requerir información a la Policía de Investigaciones de Chile (PDI) y a Gendarmería.
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