15.4 C
Santiago
domingo 20 de abril de 2025
Requerimiento de inaplicabilidad.

Norma que impide suspender el procedimiento mientras se resuelve el incidente de nulidad por falta de emplazamiento, se impugna ante el Tribunal Constitucional.

La requirente cuestiona la decisión de excluir los incidentes del artículo 80 del Código de Procedimiento Civil de la suspensión del procedimiento, alegando que la falta de emplazamiento legal vulnera el debido proceso y puede causar graves consecuencias, como el embargo de bienes sin una notificación válida.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 81 del Código de Procedimiento Civil.

El precepto legal impugnado establece:

“Artículo 81.- Los incidentes a que den lugar las disposiciones contenidas en los dos artículos anteriores, no suspenderán el curso de la causa principal y se substanciarán en cuaderno separado”. (Art. 81, Código de Procedimiento Civil).

La gestión pendiente en que incide el requerimiento de inaplicabilidad corresponde a una causa ejecutiva por cobro de pagaré, seguida ante el Segundo Juzgado Civil de San Fernando, en la que se discute actualmente un incidente de nulidad de todo lo obrado por falta de emplazamiento. La requirente, en su calidad de ejecutada, sostiene que nunca fue válidamente notificada de la demanda, ya que esta se habría practicado por el artículo 44 del Código de Procedimiento Civil en un domicilio inexistente, que además se confunde con uno de su propiedad, el cual no habita, ya que es una propiedad destinada al arriendo y actualmente operada a través de Airbnb. Señala que solo tuvo conocimiento del procedimiento con ocasión de la entrega, el 23 de diciembre de 2024, de una notificación de resolución que fijó el remate de otro inmueble de su propiedad (donde vive su madre), lo que le provocó sorpresa y angustia. Desde entonces, promovió un incidente de nulidad del procedimiento por no haberse verificado un emplazamiento legal, sosteniendo que jamás fue notificada ni tuvo conocimiento previo del juicio, incidente que actualmente se encuentra en etapa de prueba, a la espera de su recepción.

La requirente sostiene que la aplicación del artículo 80 del Código de Procedimiento Civil al caso concreto vulnera diversas garantías constitucionales, específicamente los numerales 2°, 3°, 24° y 26° del artículo 19 de la Constitución. Argumenta que dicho precepto legal infringe la igualdad ante la ley, al establecer una diferencia arbitraria en el trato procesal; la igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos, al afectar el derecho a defensa y a un procedimiento racional y justo; el derecho de propiedad, al poner en riesgo atributos esenciales del dominio sin las garantías establecidas por la Carta Fundamental; y el principio de no afectación de la esencia de los derechos, al imponer restricciones que impiden su libre ejercicio.

Indica que se ha vulnerado su derecho a un debido proceso, ya que un inmueble de su propiedad fue embargado y está en proceso de remate sin que se haya notificado válidamente la demanda. Criticó que, pese a haber promovido un incidente de nulidad procesal por falta de emplazamiento, amparado en el artículo 87 del CPC, el tribunal denegó su solicitud de suspensión invocando el artículo 81, el cual impide dicha suspensión para este tipo de incidentes.

Alega que esta norma infringe sus garantías constitucionales, al excluir arbitrariamente a los incidentes del artículo 80 del beneficio procesal de suspensión, resultando contradictorio que se permita tal medida para otros incidentes, pero no para uno que afecta directamente el debido proceso.

La Segunda Sala designada por la Presidenta del Tribunal Constitucional deberá resolver si admite a trámite el requerimiento y confiere traslado a las partes de la gestión pendiente para que se pronuncien sobre su admisibilidad. En caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo del asunto.

 

 

Vea texto del requerimiento y expediente Rol N° 16381-25.

Te puede Interesar

Destacamos

Últimas noticias

Lo más leido

Videos