La Sala del Senado despachó a tercer trámite constitucional el proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales en materia de simplificación regulatoria y promoción de la actividad económica. La iniciativa del Ejecutivo, que incluye 33 artículos, fue aprobada mayoritariamente, aunque varios de sus puntos generaron un intenso debate, especialmente en torno a materias ambientales y tributarias.
El mensaje fue respaldado en los mismos términos aprobados previamente por la Comisión de Hacienda, y su objetivo central es reducir trabas normativas, optimizar procesos administrativos y otorgar mayor certeza jurídica para la inversión, tanto pública como privada. La subsecretaria de Hacienda, Heidi Berner, recalcó que el proyecto no pretende reemplazar la Ley Marco de Permisos Sectoriales —también en trámite—, sino que introduce ajustes puntuales de alto impacto en la gestión económica.
Entre los principales cambios aprobados destacan los siguientes:
Incentivos tributarios para pymes y transporte
El texto modifica el inciso primero del artículo único de la Ley N° 20.658, extendiendo hasta el 31 de diciembre de 2026 el reintegro parcial del impuesto específico al petróleo diésel para empresas de transporte de carga. Este beneficio, cuyo vencimiento original era el 31 de marzo de 2025, busca aliviar la carga fiscal de un sector clave para la logística y distribución nacional.
Además, se establece una rebaja transitoria en la tasa del Impuesto a la Renta para las empresas acogidas al Régimen Pro-Pyme: desde el 25% actual a 12,5% durante los años tributarios 2025, 2026 y 2027, y a 15% en 2028. Esta medida está vinculada a la entrada en vigencia de la reforma previsional, que contempla un incremento gradual en las cotizaciones.
Cambios al Código Tributario y mayor fiscalización
En materia tributaria, el artículo 2° del proyecto modifica dos disposiciones del Código Tributario. Por una parte, se amplía la obligación de reportar información financiera al Servicio de Impuestos Internos (SII), incorporando a las entidades emisoras de tarjetas de prepago —bancarias y no bancarias—, como parte del fortalecimiento del cumplimiento tributario.
También se armonizan dos incisos del artículo 100 bis con la aplicación judicial de la norma general antielusiva, buscando mayor consistencia entre la legislación vigente y los criterios jurisprudenciales.
Reformas ambientales en debate: Código de Aguas, humedales y bosque nativo
Uno de los ejes más controvertidos del proyecto dice relación con la modificación del Código de Aguas y la ley que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP). El artículo 32 faculta a la Dirección General de Aguas (DGA) para autorizar o denegar nuevas explotaciones de aguas en zonas de prohibición, evaluando caso a caso conforme a criterios técnicos definidos por la normativa. Además, se establece una autorización transitoria para trasladar derechos de aprovechamiento de aguas superficiales y cambiar puntos de captación, siempre que no existan oposiciones y se cuente con certificación de la respectiva junta de vigilancia o comunidad de aguas subterráneas.
El artículo 33, en tanto, introduce una excepción relevante a la normativa sobre humedales. Se permitirá intervenir humedales que constituyan sitios prioritarios, si se trata de acciones o infraestructuras públicas destinadas a la conservación del cauce, conectividad, seguridad de la población o consumo humano. La intervención requerirá autorización del SBAP, previo informe del Ministerio de Obras Públicas.
En esta línea, también se modificó la Ley N° 20.283 sobre Bosque Nativo, excluyendo de la regulación especies clasificadas como “casi amenazadas” o de “datos insuficientes”, y concentrándose en aquellas efectivamente catalogadas como vulnerables, en peligro o en peligro crítico. Según sus impulsores, esta adecuación permitirá focalizar los esfuerzos de conservación y manejo en las especies que presentan un riesgo real.
Medidas para la emergencia y protección del usuario
El artículo 31 modifica la Ley N° 21.681 que creó el Fondo de Emergencia Transitorio por Incendios, ampliando el abanico de proyectos que pueden financiarse y exceptuando dichas transferencias de las restricciones de la Ley de Presupuestos. Esto permitirá una implementación más ágil de planes de reconstrucción, especialmente en la Región de Valparaíso.
Adicionalmente, el proyecto contempla la introducción de un mecanismo especial de compensación al usuario y suspensión del cobro tarifario ante interrupciones no autorizadas de servicios sanitarios, medida que refuerza la protección de los consumidores en este ámbito.
Reservas de constitucionalidad y controversias políticas
Si bien la mayoría del articulado fue aprobado sin mayores reparos, las disposiciones vinculadas al Código de Aguas y la regulación de humedales motivaron reservas de constitucionalidad por parte de parlamentarios oficialistas. Las senadoras Yasna Provoste y Alejandra Sepúlveda, junto a los senadores Alfonso De Urresti, Daniel Núñez y Juan Ignacio Latorre, manifestaron su preocupación por lo que consideran un retroceso en materia ambiental y un posible uso inadecuado de normas misceláneas para modificar leyes sustantivas.
“Nos piden que aprobemos iniciativas que borran con el codo lo que se legisló recientemente en favor del derecho humano al agua”, afirmó la senadora Provoste. En tanto, el senador De Urresti advirtió que estas modificaciones podrían terminar siendo impugnadas ante el Tribunal Constitucional.
Por su parte, el senador Felipe Kast, expresidente de la Comisión de Hacienda, defendió las enmiendas ambientales, afirmando que fueron propuestas por el Ministerio de Vivienda para acelerar proyectos de reconstrucción de viviendas sociales. “Lo que se busca no es arbitrariedad, sino permitir adaptaciones razonables en zonas donde ya existen derechos de agua”, señaló.
Próximos pasos
Con su aprobación en el Senado, el proyecto pasará ahora a tercer trámite legislativo en la Cámara de Diputadas y Diputados. Su tramitación será seguida de cerca, dada la posibilidad de nuevas impugnaciones jurídicas y las implicancias estructurales que podrían derivarse de su eventual promulgación.
Vea texto de mensaje Boletín N° 17.322-03 y siga su tramitación aquí.