11.3 C
Santiago
miércoles 25 de junio de 2025
Dignidad humana

Corte ordena mejorar condiciones inhumanas en cárcel de Calama

Fallo revela hacinamiento extremo, falta de atención médica y alimentación deficiente en el CDP, violando normas nacionales e internacionales.

La Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió parcialmente un recurso de amparo presentado en favor de internos del Pabellón N°7 del Centro de Detención Preventiva (CDP) de Calama, ordenando a Gendarmería adoptar medidas urgentes para mejorar las precarias condiciones de reclusión.

Principales hallazgos:

Hacinamiento extremo: hasta 16 internos en celdas de 2,5 x 2 metros.

Falta de acceso a atención médica oportuna.

Alimentación insuficiente y de baja calidad nutricional.

Pésimas condiciones higiénicas y sanitarias.

Ausencia de espacios recreativos.

La sentencia cita la Ley Orgánica de Gendarmería de Chile, su artículo 1°, que establece como finalidad de Gendarmería la de atender, vigilar y contribuir a la reinserción social de las personas privadas de libertad. Su artículo 15°, en cuanto exige al personal de Gendarmería otorgar un trato digno a cada persona bajo su cuidado.

También el fallo cita normas del Reglamento de Establecimientos Penitenciarios, en cuanto su artículo 1° define la actividad penitenciaria como atención, custodia y asistencia de detenidos. El artículo 2°, referido a que los internos mantienen sus derechos ciudadanos, excepto los limitados por su condición. Como el artículo 6°, que prohíbe tratos crueles o degradantes y obliga a velar por la vida, integridad y salud de los internos.

Por último, la sentencia cita el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos para poner de relieve la obligación del Estado de brindar un el trato digno a las personas privadas de libertad.

El fallo enfatiza que todas estas normas exigen condiciones mínimas de espacio, salubridad y dignidad para las personas privadas de libertad, las cuales no se cumplen adecuadamente en el CDP de Calama según lo constatado.

El fallo judicial reconoce que el CDP de Calama presenta «severas deficiencias tanto en infraestructura como servicios básicos de higiene y alimentación para los internos», lo que vulnera sus derechos fundamentales y la normativa nacional e internacional sobre trato digno a personas privadas de libertad.

Si bien la Corte no acogió todas las peticiones de los recurrentes por limitaciones presupuestarias, ordenó a Gendarmería:

Mejorar el acceso a atención de salud, incluyendo la presencia permanente de un profesional médico.

Proponer medidas concretas para reducir el hacinamiento.

Realizar un análisis nutricional y mejorar la alimentación de los internos.

Adoptar acciones para resguardar la vida, salud, seguridad y dignidad de la población penal.

La sentencia enfatiza que el Estado tiene el deber de garantizar condiciones mínimas de reclusión compatibles con la dignidad humana, aun reconociendo las limitaciones presupuestarias existentes.

Vea sentencia Corte de Antofagasta Rol Nº 269-2025 (amparo).

Te puede Interesar

Destacamos

Últimas noticias

Lo más leido

[noticias_mas_vistas_5dias]

Videos