Diario Constitucional

Corte de Santiago

Confianza legítima: se ordena reintegro de funcionaria y el pago íntegro de sus remuneraciones

La actora se encuentra protegida por la confianza legítima, lo que determina que solo es posible poner término a su contrata por sumario administrativo derivado de una falta que motive su destitución o por una calificación anual que lo permita

Por Redacción·11 de junio de 2025·3 min de lectura
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La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección interpuesto contra la Dirección General de Obras Públicas (DGOP), que dispuso el término anticipado de la contrata de la actora.

La recurrente denunció la vulneración de sus garantías fundamentales al haberse dispuesto el término anticipado de su contrata sin una adecuada fundamentación ni un procedimiento disciplinario previo. Sostuvo que la resolución es ilegal y arbitraria, ya que se basa en una apreciación personal de su desempeño sin considerar el procedimiento establecido por la Ley N° 18.834 para evaluar el desempeño de los funcionarios. Además, afirmó estar amparada por la confianza legítima y que la Administración no está exenta del deber de fundamentación para poner término a su contrata. Solicitó que se deje sin efecto la resolución impugnada, se ordene su reintegro y que se le paguen todas las remuneraciones y estipendios correspondientes.

La recurrida sostuvo que la decisión de poner término anticipado a la contrata de la actora se ajusta a derecho, ya que la autoridad tiene la facultad para decidir no renovar la contrata o poner término anticipado a la misma, especialmente considerando que el cargo para el cual fue contratada la recurrente ha sido suprimido y ya no realiza las labores para las que fue contratada.

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