La moción de los senadores Juan Antonio Coloma, Javier Macaya, Rafael Prohens y Gustavo Sanhueza, junto a la senadora Luz Eliana Ebensperger, busca aclarar que el feriado legal no rige el día que se celebren las elecciones primarias a fin de mantener la actividad laboral y económica durante estos comicios voluntarios.
Las elecciones primarias, según la legislación vigente, son un mecanismo voluntario mediante el cual los partidos políticos o pactos electorales definen a sus candidatos a cargos de elección popular. Se trata de un proceso democrático interno, no obligatorio ni para las colectividades políticas que no hayan pactado votar ni para la ciudadanía, cuyo alcance se limita exclusivamente a la nominación de candidaturas.
Los senadores que patrocinan la moción proponen modificar la ley N° 20.640, que regula las elecciones primarias, cuyo artículo 6° establece que, en lo no previsto expresamente en dicha norma, se aplicarán de forma supletoria las disposiciones contenidas en la ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, remisión que ha generado una dudosa interpretación que extiende también a las elecciones primarias lo dispuesto en el artículo 180 de dicha ley, que consagra el feriado legal para el día de la elección, así como lo indicado en el N° 7 del artículo 38 del Código del Trabajo, que establece un feriado obligatorio e irrenunciable para los trabajadores en esas fechas.
Sostienen los senadores que esta interpretación no solo carece de sustento jurídico sólido, sino que también resulta inconveniente en términos prácticos. Las elecciones primarias no tienen el carácter ni la magnitud de los comicios generales, ya que no involucran a toda la ciudadanía ni son obligatorias. Por lo tanto, se considera que no se justifica interrumpir el normal funcionamiento de las actividades laborales y económicas del país con motivo de estos procesos internos.
Frente a las dudas que pudiera generar la aplicación de esa normativa, proponen legislar para despejar toda ambigüedad interpretativa al respecto y asegurar, de manera expresa, que no se aplique el feriado legal en los días que se celebren elecciones primarias, independientemente de su fecha. De este modo, se busca resguardar el equilibrio entre el ejercicio democrático dentro de los partidos y la continuidad de las funciones productivas del país.
En concreto, la iniciativa propone agregar un inciso final al artículo 6° de la ley N° 20.640 con el siguiente texto: “No será aplicable a las elecciones primarias reguladas por esta ley lo dispuesto en el número 7 del artículo 38 del Código del Trabajo ni el artículo 180 de la ley N° 18.700, orgánica constitucional sobre votaciones populares y escrutinios”.
La iniciativa, que cumple su primer trámite constitucional, se radicó para su estudio en la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización del Senado.
Vea texto de moción Boletín Nº 17.574-06 y siga su tramitación aquí