Situación migratoria irregular
Corte de Santiago respalda expulsión de extranjera condenada por microtráfico pese vínculos familiares en el país
La mujer alegó encontrarse en situación irregular debido a falta de información, y sostuvo que la medida vulnera su derecho a la reunificación familiar, dado que convive en Chile con su hijo de dos meses y su pareja. No obstante, el tribunal concluyó que la resolución de expulsión se dictó conforme a derecho, considerando que la condena penal constituye una causal legal, y que los vínculos familiares no son suficientes para impedir el ejercicio de las atribuciones de la autoridad migratoria

La Corte de Santiago rechazó la reclamación judicial interpuesta por una ciudadana colombiana en contra del Servicio Nacional de Migraciones, que dispuso su expulsión del territorio nacional.
La reclamante solicitó que se le conceda un plazo para regularizar su situación migratoria, reconociendo que se encuentra en situación irregular, pero atribuyéndolo a la falta de información y afirmando que siempre tuvo la intención de cumplir con la normativa vigente. Explicó que fue condenada por tráfico de drogas en pequeñas cantidades, pero actualmente es madre de un lactante de dos meses, convive con su hijo chileno y su pareja en Santiago, y se desempeña laboralmente mediante la venta de ropa en línea. Sostuvo que la medida de expulsión vulnera los principios de reunificación familiar y de proporcionalidad, considerando que su conducta en el país ha sido adecuada y que no registra antecedentes penales en su país de origen.
El Servicio solicitó el rechazo del reclamo, sosteniendo que la expulsión fue dictada conforme a las facultades legales, por una autoridad competente, y con base en causales expresamente previstas en la ley. Indicó que la recurrente fue notificada del procedimiento sancionatorio, pero no presentó descargos, y que su expulsión fue dispuesta por mantener una situación migratoria irregular y haber sido condenada por tráfico de estupefacientes en pequeñas cantidades. Además, se le prohibió el ingreso al país por 25 años. El Servicio argumentó que la medida está debidamente motivada y responde a un incumplimiento grave del ordenamiento jurídico nacional, lo cual justifica la expulsión pese a la invocación de vínculos familiares.
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