Determinación de pena
Corte de Rancagua confirma condena por tráfico de drogas y aplicación de agravante de reincidencia especifica
Rechaza recurso de nulidad y valida aplicación de agravante de reincidencia específica basada en condena previa por delito de la Ley 20.000. La reincidencia específica fue correctamente aplicada, ya que la condena anterior correspondía a un crimen según la pena en abstracto, no estando prescrita conforme al artículo 104 del Código Penal.

La Corte de Apelaciones de Rancagua rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esa ciudad, que condenó al acusado a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, como autor del delito de tráfico ilícito de pequeñas cantidades de droga.
El recurrente alegó que se falló con errónea aplicación del derecho, ya que el tribunal aplicó indebidamente la agravante de reincidencia específica del artículo 12 N°16 del Código Penal, desde que se basó en una condena previa por tráfico de drogas del artículo 3° de la Ley 20.000, dictada en 2016, cuya pena concreta fue de cuatro años de presidio menor en su grado máximo, sanción que corresponde a un simple delito y que, por tanto, se encontraría prescrita conforme al artículo 104 del Código Penal, lo que impediría considerarla para agravar la pena actual.
Aduce que, de no haberse considerado dicha agravante, el tribunal debió haber impuesto una pena de presidio menor en su grado medio y no la que fue finalmente decretada.
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