Diario Constitucional

Nulidad laboral acogida

Corte reduce multa tras determinar error en clasificación de mediana empresa como “gran empresa”

La Corte de Santiago acogió un recurso de nulidad y rebajó de 60 a 40 UTM una multa impuesta por la Inspección del Trabajo, tras constatar que la empresa fiscalizada era una mediana y no una gran empresa. Consideró que la sentencia anulada vulneró las reglas de la sana crítica al desatender prueba documental clave sobre el número de trabajadores

Por Redacción·13 de julio de 2025·3 min de lectura
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La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de nulidad presentado contra la sentencia del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que rechazó una reclamación judicial interpuesta contra una multa impuesta por la Inspección del Trabajo.

La multa, equivalente a 60 UTM, fue aplicada por el pago de remuneraciones en periodos que exceden un mes, lo que infringe el artículo 55 del Código del Trabajo.

El recurrente fundó su impugnación en la infracción a las reglas de la sana crítica, en particular al principio de identidad. Alegó que, por un lado, el tribunal concluyó erróneamente que todos los meses fiscalizados presentaban pagos fuera de plazo, cuando la prueba documental acredita que el retraso ocurrió únicamente de forma parcial en uno de los meses fiscalizados.

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