Recurso de protección rechazado
Se confirma destitución por acoso laboral tras mensaje ofensivo en WhatsApp sobre apariencia y desempeño
El máximo Tribunal ratificó la legalidad de la medida aplicada por la Corporación Municipal de San Joaquín, tras acreditarse en un sumario que la funcionaria envió un mensaje ofensivo por WhatsApp y protagonizó una discusión con una colega, conductas calificadas como acoso laboral conforme a la ley

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de San Miguel, que rechazó el recurso de protección interpuesto en contra de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de San Joaquín, por la destitución de la actora.
La recurrente, quien desde 2019 se desempeñaba como técnico odontológico en el CESFAM Santa Teresa de los Andes, alegó que su destitución fue arbitraria e ilegal, cuestionando la calificación de acoso laboral por dos hechos ocurridos el mismo día con apenas 13 minutos de diferencia: una discusión con una colega cerca de las 18:50 horas y, posteriormente, el envío de un mensaje de WhatsApp a las 19:03 horas con expresiones ofensivas sobre su aspecto físico y conducta profesional, todo ello en reacción a un comentario que dicha funcionaria habría realizado momentos antes a su hijo —a quien atendió en el SAPU del mismo centro—, llamándolo “gordo”, lo que, según la actora, le causó tristeza.
En su informe, la Corporación Municipal solicitó el rechazo de la acción, sosteniendo que la decisión de destitución se encuentra debidamente fundada y se ajusta a la normativa vigente. Explicó que se acreditó en el sumario administrativo que la recurrente incurrió en conductas constitutivas de acoso laboral, las cuales deben ser sancionadas con destitución según lo dispuesto expresamente en la ley.
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