Diario Constitucional

Recurso de hecho acogido

Corte de Rancagua declara admisible apelación contra resolución de Tribunal Oral en lo Penal que agravó medida cautelar

Recurso de apelación resulta procedente al tratarse de una resolución sobre medidas cautelares dictada en audiencia, cuya revisión se permite por aplicación supletoria del Código de Procedimiento Civil. La resolución impugnada no constituye pronunciamiento sobre el fondo del juicio, y su naturaleza accesoria justifica su control por el tribunal superior.

Por Redacción·21 de julio de 2025·3 min de lectura
Corte de Rancagua declara admisible apelación contra resolución de Tribunal Oral en lo Penal que agravó medida cautelar
Referencial

La Corte de Apelaciones de Rancagua acogió el recurso de hecho interpuesto en contra del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Fernando, por haber declarado inadmisible un recurso de apelación contra la resolución que decretó el arresto domiciliario total de un acusado por el delito de abuso sexual.

El recurrente alegó que, a pesar de que no se acreditó incumplimiento alguno de la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno, a solicitud de la parte querellante, el tribunal decidió agravar dicha cautelar a la de arresto domiciliario total, motivo por el cual la defensa interpuso un recurso de apelación, en cuanto no sólo no había incumplimiento, sino que además afectaría el sustento de su familia, desde que no podrá ejercer su actividad laboral. Sin embargo, el tribunal lo declaró inadmisible por considerarse inapelable, en circunstancias que la resolución cuestionada sí es susceptible de apelación conforme a los artículos 149, 155, 366 y 370 letra b) del Código Procesal Penal.

En mérito de ello, solicita que se declare admisible recurso de apelación y que se revoque la resolución que intensificó la medida cautelar al arresto domiciliario total.

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