Corte Suprema
Se declara admisible reclamo de hospital contra Superintendencia por orden de ajuste en proceso de admisión a urgencias
El máximo Tribunal determinó que el reclamo de ilegalidad contra la resolución que desestimó el recurso jerárquico es procedente, pues el procedimiento administrativo se agota con su notificación, y que las decisiones de la Intendencia de Prestadores de Salud deben entenderse emanadas de la Superintendencia

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que declaró inadmisible el reclamo de ilegalidad interpuesto por el Hospital Clínico de Viña del Mar S.A. en contra de la Superintendencia de Salud.
La reclamante impugnó la Resolución Exenta SS/N°599 de la Superintendencia de Salud, que rechazó el recurso jerárquico deducido en subsidio del recurso de reposición contra la Resolución IP/N°738 de la Intendencia de Fondos y Seguros Previsionales de Salud. Esta última resolución acogió un reclamo de un particular y ordenó al hospital ajustar su proceso de admisión a urgencia y hospitalizaciones.
La Superintendencia de Salud instó por el rechazo de la reclamación, argumentando que el reclamo se interpuso contra una resolución distinta a la que establece el artículo 113 del DFL N°1 de 2005 del Ministerio de Salud.
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