Recurso de amparo acogido.
Corte Suprema restablece sobreseimiento definitivo por cuasidelito de homicidio
El máximo Tribunal revocó el fallo de la Corte de San Miguel y acogió el amparo tras concluir que la acción penal por cuasidelito de homicidio ya se encontraba prescrita, precisando que solo la formalización interrumpe dicho plazo, por lo que mantener vigente la persecución penal vulneraba la libertad personal de la amparada.

La Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de San Miguel que declaró inadmisible el recurso de amparo en contra de la Segunda Sala de la Corte de Santiago, que revocó el sobreseimiento definitivo pronunciado por el Octavo Juzgado de Garantía de la capital respecto de una imputada por el cuasidelito de homicidio.
El recurrente alegó, que la resolución impugnada vulnera la libertad personal y seguridad individual, toda vez que dicha revocación tuvo por fundamento una errónea interpretación del artículo 7 del Código Procesal Penal al considerar que la interposición de la querella suspendía el plazo de prescripción de la acción penal, pese a que conforme al artículo 233 letra a) del mismo cuerpo legal, dicha suspensión sólo puede producirse con la formalización de la investigación, lo que no ocurrió en la especie.
Aduce que, los hechos investigados, relativos a un cuasidelito de homicidio supuestamente cometido en febrero de 2018, ya se encontraban prescritos al momento de resolverse su situación procesal, por lo que reabrir la causa y exponerla a una eventual formalización y medidas cautelares constituía un acto ilegal que afectaba directamente su libertad.
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