Corte de Santiago
Se confirma multa de 70 UTM a Municipalidad de Santiago por deficiencias en seguridad e infraestructura de liceo
La sanción fue aplicada tras determinarse ocho infracciones relacionadas con protocolos de seguridad, condiciones sanitarias, infraestructura, recursos de aprendizaje y capacitación del personal. El tribunal confirmó que el procedimiento sancionatorio se realizó conforme a la ley, que la Superintendencia tiene competencia para fiscalizar y que la sanción se encuentra dentro del rango legal y proporcional a las faltas detectadas.

La Corte de Apelaciones de Santiago desestimó la reclamación judicial interpuesta por la Municipalidad de Santiago en contra de la Superintendencia de Educación Metropolitana, que sancionó al municipio con una multa de 70 UTM por infracciones a la normativa educacional.
El municipio argumentó que la resolución impugnada vulnera los principios de tipicidad, legalidad y proporcionalidad, así como los derechos al debido proceso e igualdad ante la ley, solicitando que se dejara sin efecto la sanción o, en subsidio, se reconsiderara su cuantía. Señaló que la multa derivó de un procedimiento administrativo iniciado por una fiscalización dirigida a verificar el cumplimiento de obligaciones de seguridad e infraestructura del Liceo Industrial Eliodoro García Zegers, culminando con la formulación de ocho cargos relacionados con protocolos frente a accidentes, infraestructura, condiciones sanitarias, recursos de aprendizaje, instalaciones eléctricas y de gas, vías de evacuación, luces de emergencia y capacitación del personal en extintores.
El municipio alegó irregularidades en el procedimiento administrativo, supuesta infracción al principio de tipicidad, falta de competencia de la Superintendencia para fiscalizar ciertos cargos basados en normativa sanitaria del Ministerio de Salud, y desproporción de la sanción, equivalente a casi el 10% de la subvención mensual del establecimiento.
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