Amparo acogido
Prisión preventiva de extranjero por falta de RUN provisorio en causa por amenazas en contexto de violencia intrafamiliar es ilegal
Corte de Puerto Montt resuelve que decretar la prisión preventiva a imputado extranjero en procedimiento simplificado, solo por no contar con RUN provisorio, constituye una privación ilegal de libertad personal.

La Corte de Apelaciones de Puerto Montt acogió el recurso de amparo interpuesto en contra del Juzgado de Garantía de Puerto Varas por decretar la prisión preventiva a un imputado indocumentado por el delito de amenazas en contexto de violencia intrafamiliar.
El recurrente alegó que la resolución que decretó la prisión preventiva del imputado resultaba ilegal y desproporcionada, ya que el control de detención se había realizado previamente ante el Juzgado de Garantía de Arica, donde éste acreditó su identidad mediante cédula de identidad venezolana, y que, pese a haberse ampliado la detención para efectos del canje penal ante el Servicio de Registro Civil e Identificación y la realización de la audiencia destinada a que el imputado manifestara su conformidad o no con los términos del requerimiento en procedimiento simplificado, dicha diligencia no se concretó por causas ajenas a su voluntad.
Aduce que el tribunal no debió decretar la medida cautelar más gravosa, toda vez que la prisión preventiva no era legalmente procedente en el contexto de un procedimiento simplificado, el cual solo la contempla en caso de incomparecencia a juicio oral, circunstancia que no se daba en la especie, por lo que era ilegal imponerla únicamente porque el Ministerio Público no podía ofrecer una salida alternativa al procedimiento debido a la falta de RUN provisorio.
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Recurso de amparo rechazado por
No resulta ilegal ni arbitrario mantener en prisión preventiva a imputado formalizado por un simple delito si, al proferir amenazas, afirmó pertenecer al «Tren de Aragua», y además carece de RUT provisorio.

Recurso de amparo acogido.
Si imputado cuenta con pasaporte no existe justificación para prorrogar su detención por falta de run provisorio, resuelve la Corte de Valparaíso.

Recurso de amparo acogido con voto en contra.
El sólo hecho de no contar con RUN provisorio no autoriza la medida excepcional de aumentar el plazo de la detención, resuelve la Corte de Talca.

