Con votos en contra
Se declara inaplicable norma que establece anatocismo en deudas previsionales
La Magistratura declaró inaplicable la norma del D.L. N° 3.500 que establece la capitalización mensual de intereses en deudas previsionales, tras constatar que en el caso concreto una obligación inicial cercana al millón de pesos se transformó en más de veinte millones, configurando un efecto desproporcionado que afecta tanto el derecho de propiedad del empleador como las expectativas de pago del trabajador.

El Tribunal Constitucional acogió un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 19, inciso decimotercero, del D.L. N° 3.500, en la oración “El interés que se determine en conformidad a lo dispuesto en los incisos anteriores se capitalizará mensualmente”.
El precepto legal impugnado establece lo siguiente:
“Art. 19.- En todo caso, para determinar el interés penal, se aplicará la tasa vigente al día primero del mes inmediatamente anterior a aquél en que se devengue.** El interés que se determine en conformidad a lo dispuesto en los incisos anteriores se capitalizará mensualmente”. (Art. 19, inciso 13°, D.L. N° 3.500)
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Comentarios (1)
MANUEL RAMIREZ El anatocismo es intrínsecamente perverso. Contrario a la Constitución y al Derecho Natural. Convierte al acreedor de víctima o persona vulnerada que es en su derecho de propiedad y otros, en persona victimaria, deshonesta y enriquecida sin causa, En suma un atentado a la Justicia que ni la ley ni un tribunal pueden legitimar.
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