Diario Constitucional

Beneficio Ley N°21.516

DT aclara que están prohibidos descuentos en beneficio estatal para trabajadores de recolección de residuos: debe pagarse íntegro y sin condiciones

El dictamen precisó que este aporte estatal, destinado a trabajadores de servicios de recolección de residuos, no constituye remuneración y debe entregarse de manera íntegra, sin fraccionamientos ni descuentos, incluso durante licencias médicas, vacaciones o en caso de reemplazos, ya que las empresas actúan únicamente como intermediarias en su pago.

Por Redacción·12 de septiembre de 2025·2 min de lectura
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Referencial

La Dirección del Trabajo emitió un dictamen aclarando que los montos contemplados en la Ley N°21.516 para trabajadores de servicios de recolección de residuos no pueden ser objeto de descuentos, incluso en casos de ausencias injustificadas.

De esta forma, la autoridad abordó los siguientes puntos:

Naturaleza del beneficio

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