Diario Constitucional

Acción protección rechazada

Corte Suprema valida expulsión de funcionario de Carabineros por falta grave

Confirmó la resolución de la Corte de Antofagasta que avaló la expulsión de un funcionario de Carabineros tras un sumario administrativo, destacando que la medida disciplinaria, consistente en la baja por conducta indebida, fue ajustada a derecho y autónoma respecto de la responsabilidad penal derivada de los hechos.

Por Redacción·02 de octubre de 2025·4 min de lectura
Imagen: cnnchile.com
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La Corte de Apelaciones de Antofagasta rechazó un recurso de protección deducido en contra de Carabineros de Chile por un ex Cabo 1° de la institución, quien impugnaba la medida disciplinaria de baja por “conducta mala” que le fue aplicada luego de un sumario administrativo.

El exfuncionario alegó que su baja por “conducta mala” resultaba ilegal y arbitraria, porque se fundaba en hechos ocurridos en 2020 —conducción en estado de ebriedad y vulneración de normas sanitarias durante toque de queda— sin que existiera una sentencia penal condenatoria en su contra, pues finalmente fue sobreseído de manera total y definitiva. Sostuvo que el sumario administrativo instruido no agotó diligencias ni acreditó debidamente los cargos, limitándose a presumir su responsabilidad pese a que él negó haber conducido el vehículo siniestrado. Además, afirmó que la resolución sancionatoria carecía de motivación suficiente, vulnerando las garantías constitucionales de presunción de inocencia y debido proceso, al imponerle la sanción más gravosa contemplada por la normativa institucional.

Carabineros sostuvo que la medida disciplinaria se ajustó plenamente a derecho, ya que el sumario administrativo fue tramitado con respeto de las etapas reglamentarias y revisado en su legalidad por la Contraloría General de la República, que tomó razón de la resolución sancionatoria. Destacó que las faltas imputadas al funcionario —vinculadas a la integridad moral del personal y al prestigio institucional— quedaron acreditadas en la investigación interna, pese a sus descargos. Asimismo, enfatizó que la sanción administrativa es independiente de la responsabilidad penal o civil, por lo que el sobreseimiento judicial de los hechos no impedía que se adoptara la baja por “conducta mala”, más aún considerando que la máxima autoridad institucional ratificó la sanción tras agotar las instancias recursivas internas.

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