Recurso de protección acogido
Corte Suprema ordena reincorporación de funcionaria tras declarar ilegal término de contrata: cargo no era de exclusiva confianza
El máximo Tribunal estableció que la finalización anticipada del contrato se basó en hechos no acreditados ni contemplados por la normativa vigente, dado que el cargo de la actora no era de exclusiva confianza de la autoridad. La medida vulneró la igualdad ante la ley y el principio de confianza legítima de la trabajadora, quien fue reincorporada con pago de todas las remuneraciones adeudadas.

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Arica, que rechazó el recurso de protección interpuesto en contra del Gobierno Regional de Arica y Parinacota, que dispuso el término anticipado de la contrata de la actora.
La recurrente argumentó que se vulneran sus derechos constitucionales y que el acto administrativo carece de fundamentación adecuada. Señaló que tiene casi 4 años de antigüedad en el servicio y que sus funciones eran netamente periodísticas, no de jefatura. Reclamó que fue calificada en Lista 1 de distinción y nunca fue sancionada disciplinariamente. Solicitó que se deje sin efecto el término anticipado de su contrato y se ordene su reincorporación inmediata con el pago de remuneraciones adeudadas.
El Gobierno Regional instó por el rechazo del recurso, señalando que el término anticipado de la contrata se debió a la pérdida de confianza de la nueva autoridad y a una reestructuración de la Unidad de Comunicaciones. Además, afirmó que a la actora no le asiste el principio de confianza legítima, ya que el tiempo servido no alcanza la extensión requerida según la jurisprudencia.
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