Diario Constitucional

Rechazan protección a periodista

Corte Suprema confirma desvinculación de periodista del Servicio Nacional de Protección a la Niñez

Respalda la decisión de Corte de Chillán que consideró legal el término anticipado de la contrata. Cargo de confianza de la jefatura regional. Desempeño inferior a los requerimientos. Denuncias sobre relaciones laborales. No se configuró acto ilegal o arbitrario. Desvinculación suficientemente motivada. No aplicación del principio de confianza legítima (menos de 5 años en cargo).

Por Redacción·25 de octubre de 2025·3 min de lectura
Corte Suprema confirma desvinculación de periodista del Servicio Nacional de Protección a la Niñez
Referencial

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Chillán que rechazó el recurso de protección interpuesto por un periodista contra el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia.

El recurrente expuso haberse desempeñó como profesional de comunicaciones regional en la Dirección Regional de Ñuble desde abril de 2022, recibiendo sucesivas renovaciones de contrata. Destacó su papel crucial en campañas institucionales importantes y en el manejo de situaciones mediáticas delicadas, siendo evaluado consistentemente en Lista 1 de desempeño, sin antecedentes previos de sanciones ni observaciones. Cuestionó la pre-evaluación negativa del primer trimestre de 2025, alegando que no se le dio la oportunidad de mejora mediante capacitación o evaluación progresiva.

Argumentó que «Esta decisión se basó en supuestas deficiencias en habilidades blandas y técnicas, las cuales no fueron advertidas previamente como insalvables», denunciando la falta de un procedimiento humanizado en su desvinculación.

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