Diario Constitucional

Debe ponderarse situación

Falta de contestación en litigio de desalojo de inmueble no obliga al juez a acoger la pretensión del propietario, resuelve un tribunal argentino

Dictaminó que en estas situaciones los jueces deben evaluar las circunstancias personales y sociales del demandado antes de resolver. En este caso, ponderó la vulnerabilidad de una madre que habitaba el inmueble con su hija menor con discapacidad, priorizando el interés superior del niño y los estándares internacionales de protección. La resolución reafirma que el derecho a la propiedad debe analizarse en equilibrio con los derechos de las personas vulnerables.

Por Redacción·30 de octubre de 2025·4 min de lectura
imagen: arriendo.com
Referencial

La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de General Pico (Argentina) resolvió que la falta de respuesta a una demanda de desalojo no obliga al juez a aceptar automáticamente los hechos presentados por el actor. El tribunal destacó la importancia de valorar las circunstancias particulares de la persona demandada, especialmente cuando se encuentra en situación de vulnerabilidad.

En el caso, un hombre promovió una acción de desalojo contra una mujer que ocupaba el inmueble que había adquirido en 2023. La demandada no respondió a la demanda, pero luego alegó que la vivienda fue comprada por su expareja, con quien convivía, y que reside allí junto a su hija de cinco años con autismo.

El juez de primera instancia rechazó la demanda al considerar que existían dudas sobre la titularidad del inmueble y que correspondía aplicar una perspectiva de género y de protección de la infancia. Por este motivo, el propietario interpuso un recurso de apelación que fue rechazado por la Cámara.

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