Diario Constitucional

Reclamación rechazada

Corte de Santiago confirma reserva de informe del SII por formar parte de estrategia penal tributaria

La Corte rechazó el reclamo de ilegalidad deducido contra el CPLT y ratificó que el informe jurídico solicitado constituye un antecedente esencial de la querella tributaria del SII, cuya divulgación afectaría la investigación penal y la estrategia persecutoria, activando la causal de reserva del artículo 21 N°1 letra a) de la Ley de Transparencia.

Por Redacción·09 de diciembre de 2025·2 min de lectura
elmostrador.cl
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La Corte de Apelaciones de Santiago desestimó el reclamo de ilegalidad interpuesto contra el Consejo para la Transparencia (CPLT), confirmando la decisión que negó el acceso a un informe jurídico elaborado por el Servicio de Impuestos Internos (SII), por tratarse de un antecedente vinculado a una investigación penal aún en curso.

El caso se originó luego de que una empresa presentara solicitudes de acceso a la información pidiendo copia del acto administrativo mediante el cual el SII ejerció su facultad para interponer una querella tributaria, así como el cuaderno de recopilación de antecedentes elaborado por una fiscalizadora del organismo y, posteriormente, el Informe Legal N°193 de 5 de septiembre de 2024, señalado como parte integrante del acto ya entregado.

El SII denegó la entrega del informe jurídico invocando distintas causales de reserva previstas en la Ley de Transparencia, la Ley de Protección de Datos Personales y el Código Tributario, argumentando que su publicidad afectaría la investigación penal y la estrategia judicial del servicio. Ante ello, la solicitante dedujo un amparo ante el CPLT, que rechazó la petición sosteniendo que el documento formaba parte de una investigación penal y que su acceso se encontraba limitado por el artículo 182 del Código Procesal Penal.

La empresa reclamó de ilegalidad ante la Corte, alegando que no existía una investigación penal formalizada y que la decisión del CPLT era arbitraria e infundada.

El tribunal de alzada desestimó los argumentos y sostuvo que el informe solicitado constituye el fundamento inmediato de la acción penal ejercida por el SII, lo que activa la causal de reserva del artículo 21 N°1 letra a) de la Ley de Transparencia, vinculada a la afectación del debido cumplimiento de funciones. Al respecto, el fallo señaló que “no aparece adecuado ni prudente la entrega del documento que en la práctica dé a conocer al querellado los próximos pasos del persecutor penal tributario”.

Asimismo, precisó que el monopolio legal del SII para iniciar investigaciones por delitos tributarios refuerza la necesidad de proteger los antecedentes que componen la estrategia persecutoria, especialmente en una causa aún no formalizada.

La Corte concluyó que la reserva se encuentra debidamente justificada, descartó la existencia de ilegalidad y confirmó la decisión del CPLT, rechazando el reclamo con costas.

Vea sentencia Corte de Santiago Rol N° 535-2025 (Contencioso Administrativo).

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