Límites del recurso de nulidad
Corte Suprema confirma condenas por tráfico de drogas y rechaza recursos de nulidad
Descartó vulneraciones al debido proceso y mantuvo penas de hasta 10 años de presidio impuestas por el Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago por delitos cometidos en Cabildo, Puente Alto y Putaendo. Reitera la jurisprudencia sobre valoración de pruebas y límites de revisión en recursos de nulidad.

La Corte Suprema rechazó los recursos de nulidad interpuestos contra la sentencia que condenó a varios individuos por delitos relacionados con la Ley de Drogas, confirmando así lo resuelto por el Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago. Las penas impuestas incluyen hasta 10 años de presidio, accesorias legales y multas, mientras que se mantuvo una condena adicional por tenencia ilegal de arma de fuego. Por otra parte, los acusados fueron absueltos del cargo de lavado de activos atribuido por hechos previos.
La Corte explicó que las alegaciones presentadas ya habían sido abordadas durante el juicio oral y que no le corresponde revisar hechos o valorar nuevamente la prueba, ya que ello vulneraría los principios de oralidad, inmediación y bilateralidad.
Respecto a las interceptaciones telefónicas y otras evidencias obtenidas durante la investigación, se confirmó que contaron con la debida autorización judicial y que resultaban consistentes con georreferenciación, mensajes, observaciones en terreno y registros fotográficos, respaldando la participación de los condenados.
El máximo Tribunal precisó que los recursos intentaban modificar los hechos establecidos, lo que no resulta procedente, y que la discrepancia con la valoración probatoria realizada en primera instancia no constituye un vicio de nulidad. Además, recordó que toda sentencia penal debe fundamentar los hechos probados y la aplicación del derecho, asegurando una decisión racional y ajustada a la lógica y a la legalidad.
En consecuencia, la Corte Suprema declaró infundados todos los recursos de nulidad, dejando firmes las condenas y validando el juicio oral que las antecedió.
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