Existió dolo eventual
Justicia argentina dicta pena de cárcel para propietario de perros que causaron muerte de adolescente
Un tribunal argentino condenó a 8 años y un mes de cárcel efectiva al propietario de dos perros de raza dogo argentino tras ser declarado culpable de los delitos de homicidio simple y lesiones leves, ambos bajo la modalidad de dolo eventual. La resolución judicial confirmó la responsabilidad del…

Un tribunal argentino condenó a 8 años y un mes de cárcel efectiva al propietario de dos perros de raza dogo argentino tras ser declarado culpable de los delitos de homicidio simple y lesiones leves, ambos bajo la modalidad de dolo eventual. La resolución judicial confirmó la responsabilidad del acusado en el deceso de una menor de edad y en las heridas ocasionadas a otra persona.
Los hechos ocurrieron en 2023, cuando los perros salieron de la vivienda por el portón de acceso y atacaron en la vía pública a una adolescente de 15 años. A causa de las múltiples mordeduras recibidas, la víctima sufrió un shock que le provocó la muerte, mientras que un vecino del sector resultó con lesiones al intentar socorrerla.
El tribunal desestimó la pretensión de la defensa, que solicitaba calificar lo ocurrido como un delito culposo o negligencia. Los magistrados señalaron que el acusado conocía de antemano el riesgo que implicaban sus mascotas, las cuales registraban incidentes violentos anteriores e incluso sanciones firmes que no habían sido acatadas por el sancionado.
En el razonamiento del fallo, se enfatizó que el desenlace lesivo no fue un hecho fortuito, sino un escenario previsible y con alta probabilidad de suceder. Al retirarse de su domicilio sin implementar los resguardos normativos exigidos para el encierro de animales peligrosos, el infractor actuó con desinterés frente al peligro generado para terceras personas.
Los jueces subrayaron que quien mantiene bajo su custodia animales de alta peligrosidad asume una posición legal de garante orientada a neutralizar riesgos. En consecuencia, el tribunal concluyó que existió una omisión inexcusable en el control de la fuente de amenaza, configurándose la figura de dolo eventual al representarse la posibilidad del daño y no actuar para impedirlo.
Por último, la decisión judicial acogió en forma parcial la acción civil deducida por la madre de la joven fallecida. El tribunal fijó una indemnización de más de 34 millones de pesos (unos 22 millones de pesos chilenos), destinada a reparar el daño moral, los desembolsos originados por el hecho y otros gastos.
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