Principio de conservación de la norma
Proyecto de ley busca eliminar voto dirimente del presidente del Tribunal Constitucional y establecer el rechazo de asuntos en caso de empate
Un proyecto de ley de la senadora Vanessa Kaiser busca eliminar el voto dirimente del presidente del Tribunal Constitucional y establecer que, cuando se produzca un empate entre sus ministros, el asunto sometido a votación se entienda rechazado por no alcanzar la mayoría necesaria

Un proyecto de ley de la senadora Vanessa Kaiser busca eliminar el voto dirimente del presidente del Tribunal Constitucional y establecer que, cuando se produzca un empate entre sus ministros, el asunto sometido a votación se entienda rechazado por no alcanzar la mayoría necesaria
La iniciativa señala que, en sus orígenes el Tribunal Constitucional se remonta a la reforma de 1970 introducida a la Constitución de 1925, que buscó resolver los conflictos de competencia entre el Poder Ejecutivo y el Congreso Nacional. Posteriormente, la Constitución de 1980 restableció el Tribunal Constitucional, ampliando progresivamente sus atribuciones hacia el control preventivo y represivo de las normas con rango de ley y consolidándolo, según la moción, como garante de la supremacía constitucional.
El proyecto destaca como un hito la reforma constitucional de 2005, introducida por la Ley N°20.050, que aumentó de siete a diez el número de integrantes del Tribunal. El actual sistema contempla tres ministros designados por el Presidente de la República, cuatro elegidos por el Congreso Nacional —dos directamente por el Senado y dos propuestos por la Cámara de Diputados para su ratificación por el Senado— y tres elegidos por la Corte Suprema.
Según la moción, la integración del Tribunal por un número par de ministros permite que se produzcan empates. Para resolverlos se mantuvo el voto dirimente de quien ejerce su presidencia, mecanismo que, a juicio de la autora, genera distorsiones en el funcionamiento de la justicia constitucional.
La iniciativa cuestiona esta atribución porque considera que entrega al presidente del Tribunal una potestad superior a la de los demás ministros, afectando la igualdad del voto y el carácter colegiado de la magistratura. Sostiene que, frente a una división de cinco votos contra cinco, no existe una mayoría efectiva que respalde una determinada decisión y que el voto dirimente permite resolver la controversia sobre la base de la decisión de una sola persona.
Los fundamentos agregan que este mecanismo puede afectar la voluntad expresada por el legislador. A juicio de la autora, declarar la inconstitucionalidad de una norma aprobada por el Congreso requiere un estándar de certeza y una mayoría suficiente, por lo que resolver un empate mediante el voto de la presidencia significaría hacer prevalecer la decisión de un ministro sobre la mayoría alcanzada previamente por el legislador.
La moción sostiene, además, que en materias de inaplicabilidad o inconstitucionalidad una votación empatada demuestra la existencia de una discusión jurídica abierta. En esas circunstancias, plantea que debe prevalecer el principio de conservación de la norma y su presunción de constitucionalidad, de manera que la impugnación sea rechazada si no existe una mayoría suficiente para acogerla.
Sobre esa base, el proyecto propone mantener la actual composición de diez integrantes del Tribunal Constitucional, pero eliminar el voto dirimente de quien ejerza su presidencia. En su reemplazo, busca establecer una regla general de votación igualitaria y exigir mayoría para adoptar las decisiones del organismo.
Para concretar esta modificación, el proyecto elimina la letra g) del artículo 8 de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional.
A su vez, incorpora un nuevo inciso final al artículo 39 de la misma ley, estableciendo que las votaciones serán individuales e igualitarias. Si se produce un empate en cualquier votación, el asunto sometido a deliberación se considerará rechazado para todos los efectos legales y constitucionales, por no haber alcanzado la mayoría necesaria.
De esta manera, la iniciativa no modifica el número de integrantes del Tribunal Constitucional, sino la forma de resolver las votaciones empatadas: en lugar de entregar la decisión a su presidente mediante un voto dirimente, el empate determinaría el rechazo de la solicitud, requerimiento o impugnación sometida al conocimiento del Tribunal.
Vea texto moción Boletín Nº18.661-07 y siga su tramitación aquí.




