Diario Constitucional

Protección de víctimas

Proyecto de ley busca reforzar medidas cautelares en procedimientos de violencia intrafamiliar y de violencia de género

Un proyecto de ley del Ejecutivo busca perfeccionar las normas sobre medidas cautelares en los procedimientos de violencia intrafamiliar y de violencia contra las mujeres en razón de su género, para lo cual propone introducir enmiendas a la Ley N°20.066, sobre Violencia Intrafamiliar; a la Ley…

Por Redacción·15 de octubre de 2026·7 min de lectura
Proyecto de ley busca reforzar medidas cautelares en procedimientos de violencia intrafamiliar y de violencia de género
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Un proyecto de ley del Ejecutivo busca perfeccionar las normas sobre medidas cautelares en los procedimientos de violencia intrafamiliar y de violencia contra las mujeres en razón de su género, para lo cual propone introducir enmiendas a la Ley N°20.066, sobre Violencia Intrafamiliar; a la Ley N°19.968, que crea los Tribunales de Familia; al Código Procesal Penal; y a la Ley N°21.378, que regula el monitoreo telemático.

La iniciativa persigue, además, una mayor coordinación entre tribunales de familia, juzgados de garantía y el Ministerio Público, e introduce nuevas herramientas para prevenir situaciones de riesgo, incluidas las amenazas y el hostigamiento por medios digitales.

De ese modo se procura asegurar una respuesta judicial más oportuna y eficaz frente a situaciones de violencia, especialmente cuando existen procedimientos paralelos ante tribunales de familia y de competencia penal.

En sus fundamentos, el Ejecutivo recuerda que Chile ha asumido compromisos internacionales para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, entre ellos la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención de Belém do Pará.

Asimismo, destaca los avances legislativos nacionales, particularmente la Ley N°21.675, que establece medidas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en razón de su género, y la Ley N°21.378, que incorpora el monitoreo telemático de determinadas medidas cautelares.

Sin embargo, advierte que persisten dificultades en la aplicación de estas herramientas, especialmente por problemas de coordinación institucional, diferencias de criterios judiciales y obstáculos para supervisar oportunamente las medidas de protección.

El mensaje incorpora antecedentes estadísticos para dimensionar el problema. Según cifras citadas de ONU Mujeres, a nivel mundial casi una de cada tres mujeres ha sufrido violencia física o sexual por parte de su pareja o de otras personas durante su vida.

En Chile, de acuerdo con estadísticas de seguridad pública correspondientes a 2025, se registraron 134.057 denuncias por violencia intrafamiliar, con una importante proporción de mujeres entre las víctimas. El Ejecutivo también menciona antecedentes sobre delitos sexuales, femicidios y el incumplimiento de medidas cautelares, como parte de los fundamentos para reforzar los mecanismos de protección.

Entre las principales modificaciones, el proyecto propone mejorar la coordinación entre los tribunales de familia y los juzgados de garantía. Para ello, establece que, cuando un juez de familia remita una causa al Ministerio Público, deberá comunicar al juzgado de garantía las medidas cautelares decretadas, las que se mantendrán vigentes mientras no sean modificadas o dejadas sin efecto.

Además, cuando surjan conflictos de competencia entre un tribunal de familia y el Ministerio Público o un juzgado de garantía, se contempla que el juez de familia mantenga sus atribuciones para adoptar y supervisar las medidas de protección que correspondan, evitando que las diferencias sobre qué tribunal debe conocer del asunto interrumpan el resguardo de las víctimas.

En materia de violencia intrafamiliar, la iniciativa incorpora expresamente la posibilidad de prohibir al denunciado cualquier acción de hostigamiento, amenaza u otro atentado contra la víctima o sus hijos, por cualquier medio, incluidos los espacios y entornos digitales.

Esta modificación busca ampliar la protección frente a conductas que pueden desarrollarse mediante redes sociales, plataformas de mensajería u otros canales electrónicos, sin necesidad de que exista contacto presencial entre el agresor y la persona afectada.

El proyecto también refuerza la protección de niños, niñas y adolescentes. Para ello, establece que el juez de familia deberá pronunciarse sobre las medidas cautelares especiales destinadas a resguardar sus derechos y adoptar aquellas que resulten necesarias, considerando las circunstancias del caso.

Asimismo, propone incorporar los espacios digitales entre los ámbitos en que pueden producirse actos de intimidación constitutivos de situaciones de riesgo inminente para mujeres víctimas de violencia de género.

Otra de las modificaciones se refiere al cumplimiento de las órdenes judiciales. La iniciativa amplía las disposiciones aplicables frente al incumplimiento de medidas cautelares, medidas accesorias y condiciones establecidas en el marco de procedimientos por violencia intrafamiliar.

En particular, incorpora referencias expresas a determinadas medidas de protección y ajusta las reglas que permiten denunciar su incumplimiento, con el propósito de fortalecer la respuesta institucional frente a quienes desobedecen las restricciones impuestas por los tribunales.

En el ámbito penal, se propone que los jueces de garantía y los tribunales de juicio oral en lo penal, según corresponda, deban decretar las medidas cautelares necesarias en cualquier etapa de la investigación o del procedimiento por delitos constitutivos de violencia intrafamiliar.

La iniciativa también modifica las reglas de prisión preventiva para establecer que, al evaluar si la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la víctima, el tribunal deberá considerar especialmente el incumplimiento previo de medidas cautelares dictadas en causas de violencia intrafamiliar o de violencia contra las mujeres por razones de género.

Con ello, se busca que la desobediencia de órdenes de protección sea un antecedente relevante al momento de determinar la necesidad de imponer una medida cautelar más intensa, sin establecer que dicho incumplimiento conduzca automáticamente a la prisión preventiva.

Una de las medidas centrales del proyecto apunta a facilitar el uso del monitoreo telemático, mecanismo que permite supervisar electrónicamente el cumplimiento de determinadas restricciones judiciales.

Actualmente, la regulación contempla exigencias procesales que, según el Ejecutivo, pueden dificultar su aplicación oportuna. Por ello, se propone eliminar la formalización previa de la investigación como requisito de admisibilidad para solicitar esta modalidad de supervisión.

Además, la propuesta establece que, una vez solicitado el informe de factibilidad técnica, el tribunal deberá comunicar a Gendarmería de Chile las resoluciones relacionadas con el monitoreo telemático y con la medida cautelar que dio origen a su utilización.

Gendarmería deberá remitir el informe técnico tanto al Ministerio Público como al juzgado de garantía competente, incluso cuando haya sido solicitado por un tribunal de familia.

Si el informe resulta favorable, el juzgado de garantía deberá pronunciarse fundadamente sobre la procedencia del monitoreo, evaluando el cumplimiento de los requisitos legales.

El proyecto también aborda las dificultades que se presentan cuando las medidas cautelares sometidas a monitoreo son modificadas, renovadas o dejadas sin efecto. Para ello, busca asegurar una comunicación oportuna entre los tribunales y Gendarmería, evitando interrupciones o inconsistencias en la supervisión.

En materia de organización judicial, la iniciativa contempla que, en los juzgados de garantía integrados por más de tres jueces, el Comité de Jueces, a propuesta del juez presidente, evalúe la posibilidad de designar magistrados con dedicación preferente al conocimiento de causas de violencia intrafamiliar y de violencia contra las mujeres por razones de género.

Esta decisión deberá considerar la carga de trabajo y las necesidades de cada tribunal, con el objetivo de favorecer una tramitación especializada y una mayor continuidad en el conocimiento de estas materias.

Por otra parte, el proyecto amplía las posibilidades de colaboración de los inspectores de seguridad municipal con las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública en la fiscalización del cumplimiento de determinadas medidas cautelares y accesorias.

La propuesta incorpora nuevas referencias legales para permitir esa colaboración en situaciones de violencia intrafamiliar y violencia de género, manteniendo el carácter facultativo y excepcional de la intervención municipal.

Asimismo, se encomienda a la Comisión para la Elaboración de Proposiciones Técnicas para el Seguimiento y Evaluación de los Casos de Violencia Intrafamiliar la elaboración de un protocolo de coordinación entre tribunales de familia, juzgados de garantía y el Ministerio Público.

Este instrumento deberá establecer lineamientos, orientaciones y buenas prácticas para mejorar la comunicación institucional, facilitar la adopción de medidas de protección y asegurar su seguimiento.

La comisión también deberá supervisar la implementación del protocolo y proponer sus modificaciones cuando sea necesario adecuarlo a la normativa vigente.

En sus disposiciones transitorias, el proyecto establece que la propuesta de protocolo deberá elaborarse dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigor de la ley, procurando la participación de las instituciones involucradas en su aplicación.

Finalmente, el texto dispone que las modificaciones legales comenzarán a regir una vez transcurridos seis meses desde su publicación en el Diario Oficial.

Con estas modificaciones, el Ejecutivo busca reforzar la continuidad de las medidas de protección, mejorar la coordinación entre las instituciones responsables y facilitar una intervención judicial más rápida frente a situaciones de violencia intrafamiliar y de género, especialmente cuando existen riesgos para la seguridad de las víctimas y sus familias.

Vea texto mensaje Boletín N°18.621-34 y siga su tramitación aquí.

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