Diario Constitucional

Recurso de protección acogido.

AFP carece de la facultad para negarse a tramitar una pensión de sobrevivencia, debiendo emitir un pronunciamiento, ya sea positivo o negativo para los intereses del solicitante.

La administradora de fondos explicó que su negativa se debió a la falta de documentos apostillados para concretar el trámite, argumento que fue desechado por la Corte, tras determinar que la calidad de beneficiaria de la solicitante y de su hija no había sido discutida de ninguna manera.

Por Redacción·30 de enero de 2023·3 min de lectura
Imagen: AS Chile.
Referencial

La Corte de Concepción acogió el recurso de protección interpuesto en contra de AFP Provida, que se negó a tramitar la pensión de sobrevivencia de la recurrente y su hija, pese a que ambas son beneficiarias de la misma.

La actora, que actúa por sí y por su hija, expone que contrajo matrimonio en el año 2015, en Ecuador, y fruto de esa relación nació su hija de actuales 6 años de edad. Agrega que su cónyuge, hoy fallecido, ya se había casado y divorciado previamente, además de haber tenido otros dos hijos. Aclara que ni el nacimiento de su hija ni la sentencia de divorcio del primer matrimonio fueron inscritas en Chile en su momento, pero que actualmente se tramita mediante exequátur.

Refiere que, al momento de fallecer su cónyuge, se encontraba afiliado a la AFP Provida, por lo que inició los trámites para disponer de los fondos previsionales dejados por el causante a través del pago de una pensión de sobrevivencia, sin embargo, la administradora de fondos de pensiones se niega a dar inicio a dicha gestión.

Comentarios (2)

  1. Andrés Farias

    Es posible iniciar el trámite de la pensión de sobrevivencia de las causantes, pero el tribunal debe tener presente que, de no estar del todo claro la situación de la cónyuge anterior, no será posible o conveniente realizar los pagos. La cantidad y calidad de los beneficiarios determina los porcentajes correspondientes.

  2. Oscar

    la afp PROVIDA , son unos ladrones, tengo una resciliación con BICEVIDA. Alguien que fiscalice mi caso ,ya que en el SERNAC, me entregaron un formulario para realizar la demanda; pero averiguo por personal del mismo SERNAC que uno tiene que realizarlo en forma particular. Ya que es por todos sabido que faltan fiscalizadores de verdad.si alguien quiere más antecedentes para ganarle a la colusión de AFP Y ASEGURADORAS: [correo omitido]

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