Recurso de protección acogido por la Corte Suprema.
Bloqueo de actividad comercial en Zona Franca fundado en sentencia judicial no ejecutoriada constituye un acto de autotutela y vulnera garantías constitucionales.
El bloqueo se percibe como una conducta de autotutela frente al cumplimiento de un fallo que no se encuentra ejecutoriado, lo cual impide justificar una alteración del status quo vigente en la forma que se ha hecho y que, en los hechos, impide a la actora ejercer su actividad económica lícita, mientras no se ordene por un órgano jurisdiccional el cumplimiento del citado fallo, y que transgrede las garantías del artículo 19 N°3 y 21 de la Constitución.

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Iquique, que rechazó el recurso de protección interpuesto en contra de la Zona Franca de Iquique (ZOFRI), por el bloqueo de ubicación que le impidió al actor ingresar a un galpón del Barrio Industrial de la Zona Franca.
La recurrente sostuvo que el bloqueo de su acceso al galpón del Barrio Industrial le impide desarrollar su actividad económica, y que la medida se basa en conflictos contractuales entre ZOFRI y otra empresa, con quien la actora mantiene un contrato de depósito.
Sostuvo que esta acción vulnera sus derechos fundamentales consagrados en los numerales 3, 21 y 24 del artículo 19 de la Constitución, por lo que solicita el cese del bloqueo.
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