Artículo 4 N°7 de la Ley 20.880.
Directores de la ZOFRI elegidos por accionistas privados no se encuentran obligados a realizar una declaración de intereses y patrimonio, dictamina la Contraloría.
Solamente deben cumplir con este deber los Directores seleccionados por la CORFO. Sin embargo, los Directores de accionistas privados pueden voluntariamente realizar una DIP como actuar ligado a la probidad y al interés que suscita esta S.A.

El Gerente General de la ZOFRI S.A. efectuó una consulta a la Contraloría respecto a si los directores independientes nombrados por accionistas privados de la sociedad que representa se encontraría obligados a presentar una declaración de intereses y patrimonio (DIP).
Lo anterior luego de que se informara que una directora independiente electa con los votos de los accionistas privados (que participan con un 27,3% del capital y acciones, CORFO cuenta con el 71,27%), habría incumplido con el deber de realizar una DIP al asumir su cargo.
El Contralor explica que el artículo 4 N°7 de la Ley 20.880 (sobre Probidad de la Función Pública y Prevención de los Conflictos de Intereses), establece que se encuentran obligados a efectuar una DIP los directores o las personas indicadas en el artículo 37 inciso tercero, cuarto y quinto de la Ley 18.046 (sobre Sociedades Anónimas) y los Directores y Gerentes de las Empresas Públicas creadas por Ley y de las Sociedades en que el Estado tenga Participación Accionaria.
Temas
Te puede interesar

No se infringen normas de probidad.
CGR determinó que no existe conflicto de interés del Superintendente de Valores y Seguros

Resolución CGR N°7 de 2009.
Contraloría carece de facultad para dejar sin efecto la toma de razón de un decreto o resolución de la Administración, dictamina el Contralor.

Artículo 65 inciso primero letra J) Ley 18.645.
No corresponde que los concejos municipales aprueben los contratos y convenios de las corporaciones municipales iguales o superiores a 500 UTM, dictamina la Contraloría.

