Recurso de protección acogido.
Corte de Apelaciones de Santiago ordena adquirir y suministrar fármaco para tratar acondroplasia que padece niña de 11 años.
El Tribunal de alzada le ordenó a las recurridas otorgar, sin más trámite, la cobertura solicitada y financiar la terapia recomendado por el médico tratante.

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección interpuesto en representación de paciente pediátrica y le ordenó al Fondo Nacional de Salud y al Ministerio de Salud adquirir y suministra el fármaco Voxzogo a niña de 11 años que padece acondroplasia, trastorno que afecta el crecimiento óseo y que provoca enanismo.
El fallo señala que lo analizado guarda relación con la necesidad que tiene la niña (…) de recibir el tratamiento médico requerido por medio del medicamento en cuestión, a quien le ha sido prescrito como esencial para la salud, conforme a lo atinente del Informe Médico de la doctora, Médico Pediatra Endocrinólogo y Genética, del Hospital Clínico San Borja Arriarán, IDIMI – Universidad de Chile, quien ha dictaminado que a su juicio ‘(…) las características clínicas y complicaciones asociadas a esta enfermedad determinan, además de una talla severa, un deterioro importante en la calidad de vida de los afectados, junto con la necesidad de asistencia en actividades de la vida diaria y complicaciones, las que incluso pueden ser causa de muerte, como se señaló en relación a la estenosis del agujero magno” [ubicado en la base del cráneo y que a continuidad al sistema nervioso central].
La resolución agrega que indicando el citado informe médico al respecto: (…) La sobrevida en estos pacientes es cercana a lo normal, aunque la compresión medular por estenosis del agujero magno aumenta el riesgo de muerte en los primeros años de vida’.
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