Derecho a la defensa jurídica.
Corte de Concepción desestimó acción de protección en contra de la Corporación de Asistencia Judicial que abandonó el patrocino que había otorgado al acreditarse comportamiento agresivo del recurrente.
Un patrocinado de la Corporación de Asistencia Judicial de Talcahuano dedujo recurso de protección en contra de esa institución, pues sostiene que, a pesar de que se le otorgó privilegio de pobreza, se resolvió que no continuaría con su defensa, sin explicación oficial, devolviéndosele los documentos, lo que lo deja en la indefensión y le…

Un patrocinado de la Corporación de Asistencia Judicial de Talcahuano dedujo recurso de protección en contra de esa institución, pues sostiene que, a pesar de que se le otorgó privilegio de pobreza, se resolvió que no continuaría con su defensa, sin explicación oficial, devolviéndosele los documentos, lo que lo deja en la indefensión y le causa un daño psicológico, con vulneración de su derecho de igualdad ante la ley y a la igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos.
La recurrida informó que el actor es una persona agresiva con los abogados de la Corporación, situación que se puso en conocimiento de la División Jurídica de dicha institución que instruyó a los abogados para que revocaran el patrocinio.
La Corte de Apelaciones de Concepción desestimó la acción constitucional, al comprobar que la decisión de revocar el patrocinio, poder y el privilegio de pobreza, “fue adoptada dentro de las facultades” que tiene el Director Jurídico contenidos en su Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, y con fundamentos para ello, al acreditarse un comportamiento agresivo del consultante”.
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