Recurso de amparo acogido
Corte de Concepción revoca negativa de libertad condicional a condenado por secuestro
Condenado cumplía todos los requisitos legales para acceder a la libertad condicional. La evaluación de Gendarmería indicaba un riesgo de reincidencia "muy bajo". La Corte enfatizó que la libertad condicional debe evaluarse en función de los avances en reinserción social

La Corte de Apelaciones de Concepción acogió un recurso de amparo interpuesto a favor de un condenado a quien la Comisión de Libertad Condicional rechazó concederle el beneficio de libertad condicional, en contravención de la normativa vigente, tornando así su privación de libertad en un acto ilegal y arbitrario.
El amparado, condenado a seis años de presidio mayor en su grado mínimo por el delito de secuestro, cumple condena en el Centro de Educación y Trabajo (CET) de Cañete. El 15 de abril de 2025, la Comisión de Libertad Condicional rechazó su postulación a la libertad condicional, fundándose en la gravedad del delito y en la insuficiencia de la indemnización decretada para reparar el daño a la víctima.
La defensa alegó que la decisión era ilegal y arbitraria por apartarse de los criterios establecidos en el Decreto Ley N° 321 y en su reglamento, considerando que el interno cumplía los requisitos legales: Tiempo mínimo de condena exigido (25 de enero de 2025). Conducta intachable calificada como “Muy Buena” desde julio de 2024. Permisos de salida dominical y de fin de semana sin observaciones. Informe psicosocial de Gendarmería que evaluó un riesgo de reincidencia “muy bajo” y adecuada conciencia del delito y del daño.
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