En sede de protección.
Corte de Rancagua ordenó a Gendarmería que solicite a la concesionaria de una cárcel el reemplazo de una paramédico que maltrató a internas.
Gendarmería informó que la paramédico no es funcionaria de esa institución, sino que presta servicios para la empresa concesionaria del Complejo, aunque admite que tomó conocimiento de la mala atención médica y solicitó a la empresa empleadora el cambio o traslado de la recurrida. La paramédico no informó el recurso.

Una interna del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Rancagua dedujo acción de protección en contra de una paramédico de ese recinto que la ha indispuesto con otras internas sufriendo amenazas por lo que teme por su vida e integridad física y psíquica.
Gendarmería informó que la paramédico no es funcionaria de esa institución, sino que presta servicios para la empresa concesionaria del Complejo, aunque admite que tomó conocimiento de la mala atención médica y solicitó a la empresa empleadora el cambio o traslado de la recurrida. La paramédico no informó el recurso.
La Corte de Apelaciones de Rancagua acogió la acción constitucional, al determinar que efectivamente existieron los malos tratos de la paramédico a ésta y a otras internas.
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