Acto arbitrario.
Corte de Santiago acoge recurso de protección de compañía de seguros en contra del Ministerio de Obras Públicas por prohibir a empresas contratistas utilizar pólizas de garantía emitidas por ella.
En fallo unánime, estableció el actuar arbitrario de la parte recurrida y dejó sin efecto el acto administrativo impugnado, dictado por la fiscal nacional del MOP.

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección presentado en contra del Ministerio de Obras Públicas (MOP) por prohibir a las empresas contratistas utilizar pólizas de garantía emitidas por la compañía de seguros recurrente.
En fallo unánime, estableció el actuar arbitrario de la parte recurrida y dejó sin efecto el acto administrativo impugnado, dictado por la fiscal nacional del MOP.
A mayor abundamiento, señaló que el acto administrativo recurrido, contempla una verdadera sanción al recurrente, desde que dispuso, fundado en el artículo 109 del DFL N° 850, Ley Orgánica del Ministerio de Obras Públicas, que el MOP no se encuentra habilitado para aprobar las pólizas de garantía emitidas por AVLA, lo que se traduce, en la práctica, que la recurrente no podrá otorgar en lo sucesivo pólizas de garantía a las empresas contratistas que se adjudiquen contratos de construcción con el MOP, a fin de caucionar su debido cumplimiento en la ejecución de tales obras.
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