En fallo unánime.
Corte de Santiago declara admisible recurso de protección contra un periodista y RED Televisión por dichos en contra de PDI en un programa de televisión.
Se denegó orden de no innovar solicitada por la recurrente.

La Corte de Apelaciones de Santiago declaró admisible el recurso de protección presentado por la hermana de un Subinspector la de Policía de Investigaciones de Chile en contra de un periodista y del canal de televisión RED Televisión por haber vertido expresiones ofensivas en contra de la PDI al calificar como “montaje” un procedimiento policial efectuado en la comuna Temucuicui en donde falleció el hermano de la recurrente.
El conflicto surge luego que en el programa “Hola Chile” del canal La RED, un periodista profiriera una serie de comentarios sobre un allanamiento realizado por la PDI en la comuna de Temucuicui, en donde se refirió al operativo como un “montaje”. En aquel allanamiento falleció un Subinspector, que se convirtió en el Mártir N°56 de la institución.
La hermana del fallecido accionó de protección y acusa una vulneración a su derecho a la honra y a la privacidad, al proferir el periodista dichos que afectan al buen nombre y al prestigio de todo su grupo familiar, al plantear que su hermano no falleció en el cumplimiento de sus deberes como subinspector sino en un “montaje”. La actora solicitó a la Corte ordenar a RED televisión eliminar de su página web el video en donde el periodista hace los comentarios referidos, la eliminación de todas las publicaciones en la red social Twitter que se refieran al fallecido y la abstención las recurridas de emitir comentarios deshonrosos vinculados a la familia de la recurrente.
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