En fallo unánime.
CS acoge recurso de protección y ordena a Ministerio de Salud financiar medicamento para tratar el cáncer de mama.
El fármaco fue recetado en conjunto con otros medicamentos que están considerados en la canasta GES, por lo que dicha cobertura debe ser extendida necesariamente al solicitado.

La Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó un recurso de protección en contra del Ministerio de Salud y el Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente por no otorgar a una paciente un medicamento prescrito para el tratamiento del cáncer de mama.
El conflicto surge luego que el Ministerio de Salud comunicara a la actora que rechazó su solicitud de financiamiento del medicamento “ribociclib”, ya que no se encuentra dentro de los programas de Garantías Explicitas de la Salud (GES).
La actora accionó de protección, acusando que el rechazo del Ministerio es ilegal y arbitrario, ya que el medicamento solicitado cumple con los requisitos establecidos en el Decreto Nº3 de 2010, decisión que vulnera su derecho a la vida, ya que pone en peligro su integridad al ser fundamental el fármaco para su tratamiento contra el cáncer de mama.
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