En fallo unánime.
Corte de Santiago rechaza recurso de protección contra el SAG por no autorizar cultivos de marihuana en la Región de Los Lagos.
El Tribunal de alzada descartó actuar arbitrario del SAG al denegar la autorización al no acreditar la demandante el origen de las semillas que pretendía cultivar.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección presentada por la sociedad Patagonia Genetics SpA, en contra del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) que no autorizó cultivos de cannabis sativaen la Región de Los Lagos.
La sentencia indica que, como se desprende de lo expuesto, es un requisito indispensable de la acción cautelar de protección la existencia de un acto u omisión ilegal, esto es, contrario a derecho, en el sentido de vulnerar un precepto normativo obligatorio; o bien, arbitrario, es decir, producto del mero capricho de quien incurre en él, de modo que la arbitrariedad indica carencia de razonabilidad en el actuar u omitir, esto es, falta de proporción entre los motivos y la finalidad que alcanza; y que, enseguida, provoque privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de una o más de las garantías protegidas.
La resolución agrega que, de la discusión dialéctica sostenida por las partes, es posible apreciar que el actor no detenta, en caso alguno, un derecho de carácter indubitado, desde que la resolución impugnada, cuestiona, precisamente, el origen de las semillas cuya siembra se pretenda, aunado al reproche relacionado con la falta de identificación del proveedor de las semillas provenientes del extranjero.
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