Con un voto en contra
Corte de Santiago rechazó recurso de protección por decisión de colegio de no renovar matrícula de alumno que presenta grave trastorno de desarrollo
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección presentado por el padre del alumno, sobre la base de antecedentes pedagógicos y conductuales del menor, y en especial consideración del resguardo de su interés superior.

Se dedujo acción de protección en contra de la Sociedad Educacional Loyola S.A., sostenedora del Colegio San Francisco Javier de Huechuraba, por haber comunicado que no se renovaría la matrícula del hijo menor de edad del recurrente, decisión que califica de arbitraria, toda vez que el alumno cumplió los puntos específicos establecidos en la carta de condicionalidad de la matrícula, firmada en razón de su particular situación de desarrollo intelectual. Estiman que este proceder arbitrario quebranta sus derechos a la igualdad ante la ley, a la libertad de enseñanza y su derecho de propiedad.
El establecimiento educacional solicitó el rechazo de la acción por estimar que el alumno no pudo dar cumplimiento a las condiciones exigidas por su carta de condicionalidad de la matrícula, lo que imposibilita al colegio a permitirle continuar al siguiente nivel educativo.
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección, considerando que “el Colegio ha adoptado su decisión de un modo reflexivo frente a la constatación de que el menor no logra incorporarse al medio en el cual está inserto”, particularmente debido a la falta de autonomía en el manejo del esfínter y en reiteradas conductas ansiosas, lo que, en definitiva, redunda en una mayor consideración del interés superior del menor de marras.
Temas
Te puede interesar

Reforma constitucional.
Senadores presentan iniciativa que establece la reajustabilidad de las pensiones en el sistema público y privado.

Se remitió al Ejecutivo para su promulgación.
Finaliza trámite en el Congreso nacional del proyecto de ley que regula la instalación antenas emisoras y transmisoras de servicios de telecomunicaciones.

En el Diario Oficial.
Fue publicado el “Acuerdo sobre inmunidades y privilegios de la Corte Penal Internacional”.

