Región de la Araucanía.
Corte de Temuco declara inadmisible recurso de protección contra delegado presidencial y Ministro del Interior por no adoptar medidas que garanticen el orden y seguridad pública en esa ciudad.
La pretensión excede las materias objeto del recurso de protección, puesto que abarca aspectos de política pública que deben ser definidos por la autoridad gubernamental dentro del marco de sus atribuciones.

La Corte de Apelaciones de Temuco declaró inadmisible el recurso de protección deducido por Daniel Sandoval, consejero regional de la Araucanía, y un dirigente vecinal, en contra del Delegado Presidencial de esa región y el Ministro del Interior y Seguridad Pública, por no adoptar medidas que garanticen el orden y seguridad pública en la ciudad de Temuco.
En su libelo, los actores esgrimen que es un hecho público y notorio la sensación de inseguridad en los distintos sectores de esa ciudad, lo que se ha reflejado en las reiteradas protestas de sus habitantes, quienes temen ser víctimas de asaltos con violencia, robo con violencia y amedrentamiento en caso de negarse a abandonar sus inmuebles.
A mayor abundamiento, refieren que los vecinos deben hacer vigilancia en sus barrios por la alza de robos en el lugar, pidiendo en diversas oportunidades más vehículos y personal para Carabineros de Chile, pero sin obtener respuesta alguna de las autoridades.
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