Amparo acogido
Corte de Temuco ordena abono heterogéneo y posible liberación de madre reclusa
Reconoce el tiempo cumplido bajo medidas cautelares en una causa distinta. Aplica el principio "pro reo" ante la falta de regulación expresa sobre abonos heterogéneos. Negar el abono vulnera principios fundamentales del derecho penal y procesal. La decisión podría resultar en la liberación inmediata de la condenada, quien reside con su hijo menor en un módulo materno-infantil.

La Corte de Apelaciones de Temuco acogió el recurso de amparo interpuesto en contra del Juez de Garantía de Villarrica, por haber rechazado la solicitud de abono heterogéneo de días previamente cumplidos bajo arresto domiciliario nocturno en una causa distinta solicitado por la amparada, actualmente privada de libertad en el Centro Penitenciario Femenino de Bulnes.
La Defensora Penal Pública Penitenciaria alegó que la resolución dictada por el magistrado de garantía constituye una privación ilegal y arbitraria de libertad, al no reconocer los 236 días de privación de libertad cumplidos por la amparada entre junio de 2023 y mayo de 2024 en una causa del Juzgado de Garantía de Talcahuano, la cual fue archivada por decisión de no perseverar del Ministerio Público.
La defensa argumentó que, de acogerse el recurso, la amparada podría dar por cumplida su condena de 541 días impuesta en la causa seguida ante el tribunal de Villarica, y recuperar su libertad, considerando además que reside en el módulo materno-infantil del Centro Penitenciario Femenino de Bulnes junto a su hijo menor, próximo a cumplir el límite de edad permitido por Gendarmería para permanecer en el recinto.
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