Diario Constitucional

En fallo unánime.

Corte de Temuco rechaza recurso de amparo por reprogramación de audiencia de preparación de juicio por homicidio de carabinero.

La Primera Sala del tribunal de alzada no hizo lugar a la acción constitucional impetrada, tras establecer que la resolución impugnada fue dictada por tribunal competente y en el ejercicio de sus competencias legales.

Por Redacción·09 de noviembre de 2023·3 min de lectura
Imagen: La Tercera
Referencial

La Corte de Apelaciones de Temuco rechazó el recurso de amparo presentado en contra de la resolución, dictada por el Juzgado de Garantía de Collipulli, que reprogramó la audiencia de preparación de juicio para el próximo miércoles 22 de noviembre, en la causa en la cual los amparados se encuentran en prisión preventiva desde el 8 de octubre de 2021, en calidad de imputados por el delito consumado de homicidio de sargento de Carabineros. Ilícito registrado el 24 de mayo de 2021.

Los hermanos Heriberto y Matías Ancalaf Prado, de 28 y 39 años respectivamente, fueron formalizados por los delitos de homicidio (42), homicidio frustrado a carabineros en servicio, y porte ilego en contra del suboficial de Carabineros Francisco Benavidez Garcal de armas de fuego, entre otros.

El fallo señala que, de los antecedentes acompañados en autos, consta que la audiencia de preparación de juicio oral ha sido reprogramada en reiteradas oportunidades, casi siempre a petición de la defensa, salvo dos oportunidades en que se reagendó de oficio por falta de juez no inhabilitado y la última petición efectuada por el Ministerio Público para que coincidiera con la audiencia de preparación de un coimputado en los mismos hechos, por lo que la prolongación en la tramitación de la causa responde a continuas solicitudes de la defensa de los amparados fundada en cautelar sus garantías.

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