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Autorizada verbalmente sin fundamentos suficientes

Corte de Valparaíso deja sin efecto incautación de equipos y declara ilegal retención de funcionario municipal

La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió un recurso de amparo presentado por el director jurídico de una municipalidad contra la autorización judicial y posterior incautación de sus equipos informáticos y telefónicos, al estimar que la medida carecía de fundamentación suficiente y que el…

Por Redacción·06 de octubre de 2026·3 min de lectura
Corte de Valparaíso deja sin efecto incautación de equipos y declara ilegal retención de funcionario municipal
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La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió un recurso de amparo presentado por el director jurídico de una municipalidad contra la autorización judicial y posterior incautación de sus equipos informáticos y telefónicos, al estimar que la medida carecía de fundamentación suficiente y que el procedimiento policial incluyó una restricción ilegal de su libertad personal.

El tribunal dejó sin efecto la autorización verbal de incautación y el registro correspondiente. Además, declaró ilegales los resultados de las diligencias, ordenó eliminar la información obtenida y dispuso la restitución inmediata de los objetos incautados. También declaró ilegal la retención a la que fue sometido el funcionario por parte de efectivos de la Policía de Investigaciones (PDI).

Los hechos tienen su origen en el marco de una investigación por fraude al fisco y negociación incompatible, en la que el funcionario inicialmente tenía la calidad de testigo. El 11 de septiembre de 2026, policías concurrieron a su oficina y le solicitaron entregar voluntariamente su computador institucional. Ante su negativa, fundada en que no existía una orden judicial previa, los funcionarios lo mantuvieron en su oficina durante aproximadamente cuatro horas, impidiéndole salir y exigiéndole mantener su teléfono en modo avión, mientras el fiscal gestionaba una autorización verbal.

Finalmente, el Juzgado de Garantía de San Felipe autorizó verbalmente la incautación del computador laboral y del teléfono personal del funcionario. La diligencia se concretó esa misma tarde.

La defensa recurrió de amparo y alegó que la autorización carecía de fundamentos fácticos y jurídicos, en contravención de los artículos 9, 36 y 217 del Código Procesal Penal. Sostuvo que la medida se basó únicamente en declaraciones descontextualizadas de un testigo, lo que generaba incertidumbre sobre la calidad procesal del afectado y comprometía sus derechos a la defensa y a la privacidad, además de su libertad personal.

Al informar, el tribunal recurrido señaló que la autorización se sustentaba en antecedentes proporcionados por la Fiscalía, que vinculaban al funcionario con presuntas irregularidades en procesos de licitación. Por su parte, la PDI afirmó que había actuado siguiendo instrucciones del Ministerio Público.

Al resolver, la Corte recordó que el recurso de amparo permite controlar resoluciones judiciales cuando estas carecen ostensiblemente de fundamento legal y ponen en riesgo la libertad personal o la seguridad individual.

En ese contexto, estimó que el juez de garantía había vulnerado el principio de proporcionalidad y el deber de fundamentación establecido en el artículo 36 del Código Procesal Penal. A juicio del tribunal, la sola mención del funcionario en una reunión, relatada por un testigo, no constituía un antecedente suficiente para atribuirle la calidad de imputado ni justificaba una medida intrusiva como la incautación de sus dispositivos, conforme a las exigencias del artículo 217 del mismo código.

La Corte también cuestionó la actuación de los funcionarios policiales. Calificó como un exceso de celo haber mantenido al afectado retenido en su oficina durante aproximadamente cuatro horas, impidiéndole salir y limitando su comunicación telefónica. Consideró que este proceder constituyó una restricción ilegal que atentó contra su libertad de movimiento y su seguridad individual.

Por estas razones, la Corte de Valparaíso acogió el recurso de amparo, sin costas, dejó sin efecto la autorización verbal de incautación y el registro asociado, declaró ilegales los resultados de las diligencias y ordenó eliminar la información obtenida y devolver inmediatamente los equipos incautados. Asimismo, declaró ilegal el procedimiento de retención ejecutado por los funcionarios de la PDI.

Vea sentencia Corte de Valparaíso Rol N°4115-2026 (Amparo).

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