Diario Constitucional

Recurso de protección acogido.

Corte revoca sanción a taxista por llamar «balsudo» a colega en aeropuerto.

Considera desproporcionada e infundada la prohibición de 30 días de acceso al recinto por falta de documentación formal sobre el supuesto insulto.

Por Redacción·22 de abril de 2025·3 min de lectura
Imagen: .nfobae.com
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La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección presentado por un taxista del Aeropuerto de Santiago, en contra de la Asociación Gremial de Taxis Frecuentes Aeropuerto Santiago y dejó sin efecto la sanción de 30 días sin acceso al recinto aeroportuario que se le había impuesto por supuestamente insultar a un colega.

Acusó a la Asociación de incurrir en conductas de hostigamiento que han impedido el goce de su libertad de trabajo al imputársele falsamente haber insultado a otro conductor. Indica que el Comité de Disciplina le aplicó una sanción de un mes sin ingreso al parking de transporte oficial, lo que complica su sustento personal y familiar. Agrega que ha sido discriminado, ya que, a otro conductor, por una falta similar, se le aplicó una sanción menor de 15 días. Denunció infringidas sus garantías de igualdad ante la ley y no discriminación arbitraria, así como su derecho de propiedad.

Solicitó que se declare que la suspensión de labores constituye un hostigamiento y un acto ilegal y arbitrario, y pide sea dejado sin efecto y se den garantías de no repetición.

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